Las motos antiguas sí podrán aparcar en Madrid a partir de 2020

Las motos antiguas sí podrán aparcar en Madrid a partir de 2020

De momento se mantienen las limitaciones de circulación en Madrid Central


Tiempo de lectura: 2 min.

El Ayuntamiento de Madrid ya ha definido parte de su protocolo medioambiental para 2020. En la ordenanza que rige el Plan de Calidad del Aire se hace hincapié en que a partir del 1 de enero de 2020, los automóviles sin distintivo ambiental no podrán aparcar en la zona SER. Esta restricción, de momento, no afecta a las motocicletas y triciclos ya que podrán aparcar sin problemas.

En aplicación del Plan de Calidad de Aire de la ciudad de Madrid y Cambio Climático (PLAN A), a partir del año 2020 los vehículos sin distintivo ambiental de la DGT no podrán hacer uso de las plazas del ámbito de las Zonas de Aparcamiento Vecinal, excepto los residentes en su propio barrio. Esta limitación se aplicará a partir de 2022 a los vehículos que dispongan de la autorización de colectivos cualificados de titulares de vehículos comerciales e industriales, y a partir de 2025 a los vehículos auxiliares de apoyo a la operación de autobuses de EMT, estableciéndose excepciones para vehículos 2,3 ruedas, Personas con Movilidad Reducida (PMR) y emergencias.

De esta forma, los automóviles gasolina anteriores al 2000 y diésel anterior a 2006 no podrán aparcar en el interior de la ciudad (zona SER) a partir de 2020. Solamente podrás hacerlo si sus propietarios están empadronado y, lógicamente, en el barrio en el que residan. Pero esta moratoria durará hasta el 31 de diciembre de 2024. A partir de esa fecha, ninguno de estos coches podrán estar aparcados en la calle.

Para el resto de restricciones y hasta la entrada de Madrid 360, las limitaciones siguen para las motocicletas sin distintivo medioambiental a la hora de acceder a Madrid Central. De momento no hay cambios respecto a la normativa que se venía aplicando hasta ahora y que prohíbe la entrada a aquellos usuarios no empadronados en Madrid Central con motos sin pegatina. Las motocicletas etiquetadas como C y B no lo podrán hacer entre las 07:00 y las 22:00.

Uno de los cambios previstos con Madrid 360 es que las motos puedan aparcar en la calle hasta las 00:00 horas mientras que desde esta hora y hasta las 07:00 deberán hacerlo en el interior de un parking.

Por contra en Barcelona, las motos no están exentas de las limitaciones de tráfico y aparcamiento que entran en vigor dentro de poco más de una semana.

Foto portada: Luis García / Zaqarbal (Wikimedia Commons) CC BY-SA 3.0

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