Hasta hace poco, era ilegal montar neumáticos de moto con un código de velocidad inferior al que figura en la ficha técnica del vehículo. Sin embargo, una de las últimas modificaciones aprobadas permite montar estos neumáticos, siempre y cuando estos cumplan ciertas características y se advierta de forma clara mediante un adhesivo colocado en la moto.
Cuando nos ponemos a cambiar el neumático de la moto, hay que tener en cuenta que se deben mantener las características y dimensiones del mismo, y que figuran el la ficha técnica del vehículo. Hablamos de su anchura, perfil y diámetro. Pero también el índice de carga y el código de velocidad del neumático. Si no cogemos neumáticos equivalentes, nos arriesgamos a una sanción si nos para la Guardia Civil o que en la ITV, el vehículo sea declarado no conforme para seguir circulando.
Pero a medida que las trail y maxitrail han ido aumentando sus prestaciones, los neumáticos han tenido que evolucionar de forma paralela. Hay neumáticos de asfalto y mixtos que cumplen las dimensiones y códigos de carga/velocidad, pero si buscamos un mayor rendimiento fuera del asfalto mediante neumáticos específicos, nos encontramos con el problema de que en muchos casos el código de velocidad es inferior. Esto hacía que fuese imposible montar estas ruedas de forma legal.
Pero ahora, tal y como recoge el Manual de Procedimiento de Inspección de las Estaciones ITV (Sección II página 283), ya es posible montar este tipo de neumáticos de forma legal. Para ello, deben estar etiquetados como neumáticos M+S, MS o M&S (mud and snow, barro y nieve, como los Mitas recientemente probados) y, además, el código de velocidad debe ser superior a M (130 km/h). De la misma manera, debe haber un aviso en un lugar visible (puede ser una pegatina), que advierta de la velocidad máxima a la que se puede circular con esa pegatina.
Como podemos observar, se utiliza el mismo criterio que para los automóviles, los cuales pueden montar neumáticos M+S con un código de velocidad inferior al homologado en el vehículo, siempre y cuando quede advertido para el conductor. En estos casos, no tendremos ningún problema legal ni en la ITV ni en caso de que nos pare la Guardia Civil.
Obviamente debemos tener en cuenta que los neumáticos offroad, cuanta mayor sea su orientación para circular fuera del asfalto, peores prestaciones tendrán en carretera y por lo tanto deberemos extremar las precauciones. Sobre todo si conducimos en condiciones meteorológicas adversas o vayamos a velocidades altas por autopista con calor, que puede hacer que la goma se sobrecaliente en exceso y pierda propiedades.
Ender
Japan Rules!!COMENTARIOS